Artículo 1.° Con arreglo a la Constitución de la República y al presente Estatuto Álava, Guipúzcoa, y Vizcaya se constituyen en región autónoma, dentro del Estado español, adoptando la denominación de “País Vasco”.
El vascuence será, como el castellano, lengua oficial en el País Vasco, y, en consecuencia, las disposiciones oficiales de carácter general que emanen de los Poderes autónomos serán redactadas en ambos idiomas. En las relaciones con el Estado español o sus autoridades el idioma oficial será el castellano.
Artículo 7º.- El País Vasco regulará la cooficialidad del castellano y el vascuence con arreglo a las siguientes normas:
a) Publicará y notificará en ambos idiomas las resoluciones oficiales de todos sus órganos que hayan de surtir efecto en los países de habla vasca.
b) Reconocerá a los habitantes de los territorios de habla vasca el derecho a elegir el idioma, que prefieran en sus relaciones con los Tribunales, autoridades y funcionarios de todas clases del País Vasco.
c) Admitirá que se redacten indistintamente en uno u otro Idioma los documentos que hayan de presentarse ante las autoridades judiciales vascas o hayan de ser autorizados por los fedatarios del país.
d) Establecerá la obligación de traducir al castellano los mismos documentos redactados en vascuence cuando lo solicite parte interesada o deban surtir efecto fuera, del territorio vasco.
e) Regulará el uso de las lenguas castellana y vasca en la enseñanza, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 50 de la Constitución.
f) Podrá exigir el conocimiento del vascuence a todos los funcionarios que presten servicio en territorio de habla vasca, exceptuados aquellos que estuvieron actuando al tiempo de implantarse este Estatuto, cuales serán respetados en su situación y en los derechos adquiridos.
Las Diputaciones u órganos representativos que las sustituyan de Alava, Guipúzcoa y Vizcaya demarcarán en sus respectivas provincias los territorios que a los efectos de este artículo deban considerarse como de habla vasca.
Fuente: Estatuto de Autonomía del País Vasco de 1936
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